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Atrás El Ayuntamiento ha tramitado diversos expedientes a lo largo de 2024 en su labor de control de los establecimientos de hostelería
10·01·2025
El 1 de enero de 2024 entró en vigor la Ordenanza reguladora de las ocupaciones de suelo para hostelería y restauración (Ordenanza de terrazas) diseñada con la participación ciudadana y hostelera. Teniendo esto en cuenta, a lo largo de 2024 el Ayuntamiento ha llevado a cabo una serie de actuaciones y campañas para controlar las actividades de los establecimientos hosteleros, especialmente el cumplimiento de la ordenanza reguladora de terrazas y la ordenanza del ruido.
Fruto de este trabajo de seguimiento, el Ayuntamiento ha puesto varias advertencias, expedientes y multas.
En cuanto al ruido, el Ayuntamiento ha abierto un total de 8 expedientes, unos por tener apagado el medidor, otros por superar el límite del mismo y otros por incumplir otras medidas de la ordenanza del ruido. De estos 8 expedientes, en estos momentos 5 están finalizados y se han impuesto multas de entre 1.000 y 1.500 euros y todas ellas han sido cobradas. Los otros tres expedientes están aún sin finalizar.
En cuanto a la ordenanza sobre terrazas y ocupación de suelo público, a lo largo del año 2024 el Ayuntamiento ha tramitado un total de 36 expedientes. Como consecuencia de estos expedientes el Ayuntamiento ha emitido 22 apercibimientos, ha impuesto 11 multas (la menor de 50 euros y la mayor de 1.350 euros) y está tramitando otros 3 expedientes en estos momentos. De los 36 expedientes, 24 han sido por colocar más mesas/sillas de las correspondientes al establecimiento hostelero, y 9 de ellos han recibido multas.
En este contexto, un caso ha tenido bastante notoriedad a lo largo de 2024, precisamente porque el propietario de un establecimiento hostelero ha acusado reiteradamente al Ayuntamiento de vulnerar sus derechos y de tomar decisiones sobre su terraza de forma arbitraria, con la intención de perjudicar a dicho establecimiento. Este establecimiento demandó al Ayuntamiento y recientemente ha dictado sentencia la sala 3ª de lo Contencioso-Administrativo de Donostia. La sentencia desestima el recurso contencioso interpuesto por el propietario del establecimiento hostelero y establece que el Ayuntamiento ha adoptado todas las decisiones conforme a derecho y en cumplimiento de la ordenanza, es decir, que las resoluciones del Ayuntamiento sobre el número de mesas, número de fachadas, la posibilidad de uso del frente de los establecimientos colindantes, la prohibición de colocar mesas en los soportales etc. son adecuadas. Esta sentencia es importante para esclarecer el asunto y aclarar que la actuación del Ayuntamiento (tanto de las y los técnicos como de las autoridades municipales) ha sido correcta. La sentencia aún no es firme y cabe recurso.