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Atrás Comienza el plazo para realizar el primer pago de 2025 de la tasa de residuos

La tasa de residuos de 2025 presenta diversas novedades, como modificaciones en la estructura tarifaria y subidas importantes.

12·06·2025


Recientemente ha comenzado el periodo para realizar el primer pago de la tasa de residuos de 2025, tasa que presenta importantes cambios para cumplir con los requisitos establecidos enla Ley 7/2022: una subida general de las tarifas, modificación de la estructura tarifaria...

A continuación se explican los detalles.

Tasa por el servicio de recogida y tratamiento de residuos

La Ley 7/2022 establece la obligación de cubrir el coste total del servicio de recogida y tratamiento de residuos mediante las tasas de residuos. Asimismo, se plantea el objetivo de implantar, paso a paso, sistemas de pago por generación, es decir, sistemas en los que se paga en función de lo que se genera. Para conseguir estos objetivos, el Ayuntamiento ha realizado varias modificaciones en la ordenanza fiscal de 2025.

  • Por un lado, se han subido las tasas para cubrir el coste del servicio con la tasa. Hasta ahora buena parte del coste se había financiado desde el presupuesto general municipal. Además, en los últimos años se han producido importantes incrementos en los costes materiales y de recursos humanos de este tipo de servicios. Todo ello ha provocado importantes subidas en los costes y por ende también en las tasas.
  • Por otro lado, el Ayuntamiento ha adaptado la estrucutura tarifaria, especialmente en la tasa de las viviendas y en la tasa de los comercios.

Tasa de viviendas

Hasta ahora todas las viviendas tenían la misma tarifa anual (111,58 euros en 2024). Evidentemente, desde la perspectiva del pago por generación, no es adecuado, ya que es evidente que la vivienda de un solo miembro o la de 5 no generan la misma cantidad de residuos. Por ello, el Ayuntamiento ha aprobado una estructura tarifaria que tiene en cuenta el número de miembros que están empadronados en la vivienda.

Las nuevas tarifas de las viviendas son:

 

Número de personas empadronadas en la vivienda

 

0-1

2-3

4-5

6 o más

Viviendas: tasa general anual

145,57

167,41

181,97

196,52

El pago se realizará en tres partes iguales (la primera, ahora en junio de 2025).

Se aplicarán descuentos en las tarifas de las viviendas por compostaje o, en el caso del medio rural, por el uso de las áreas de aportación:

  • Viviendas que hacen autocompost: descuento del 40%.
  • Viviendas que deben utilizar el área de aportación: descuento del 30%.
  • Viviendas que hacen autocompost y deben utilizar el área de aportación: descuento del 50%.
  • Viviendas que hacen compost-vecinal: descuento del 30%.
  • Viviendas con área de aportación (o parque de contenedores más cercano) igual o superior a 3 km: descuento adicional del 25% (adicional a la reducción por uso del área de aportación).

Además de estos descuentos, las familias con dificultades económicas pueden acceder a las bonificaciones de las tasas y precios públicos municipales (agua, saneamiento, residuos, servicio de cementerio, actividades en el gazteleku y el centro cultural) cumpliendo los requisitos de los límites de ingresos establecidos en las ordenanzas fiscales. Las bonificaciones podrán ser del 25%, 50%, 75% o 95% en función del número de miembros de la unidad convivencial y de los ingresos de la unidad convivencial.

Tasa del comercio

En el caso de las tarifas de los comercios, el Ayuntamiento ha reordenado la estructura tarifaria, teniendo en cuenta la superficie de las actividades y mejorando la clasificación de la generación de residuos en función del tipo de actividad. Se observan importantes incrementos en las tarifas de los comercios, especialmente en el caso de los grandes generadores de residuos, de acuerdo con el criterio del pago por generación. Las actividades comerciales se han clasificado en los siguentes grupos, tomando en consideración la generación de residuos y la superficie.

  • Locales sin actividad, sin toma de agua
  • Locales sin actividad, con toma de agua
  • Sin actividad orgánica
  • Venta de alimentos
  • Bares, cafeterías y similares
  • Sidrerías y restaurantes
  • Almacenes, oficinas, zonas de producción (vinvuladas a la actividad de sidrería), aparcamientos con múltiples servicios, grandes áreas con múltiples actividades (sin generación de residuos significativa).
  • Servicios de alojamiento; agroturismos, pensiones, hoteles y similares.

​​​​El pago se realizará en tres partes iguales (la primera, ahora en junio de 2025).

La tasa de los comercio 2025 también presenta otra novedad, los casos de actividades múltiples desde el punto de vista de la generación de residuos. Es decir, si un comercio tiene dos actividades principales y destacadas, deberá pagar dos tarifas. Por ejemplo, si una sidrería tiene una actividad de hostelería hostelera y una actividad de producción, almacenamiento y venta de su producción, se considerarán por separado ambas actividades, siempre que la dimensión de cada una de ellas sea significativa.

A las tarifas de los comercios se les aplicarán las siguientes reducciones:

  • Comercios rurales que tengan que utilizar el área de aportación: reducción del 30%.
  • Comercios con una actividad máxima de 6 meses (por ejemplo, actividad de hostelería de sidrerías que sólo abren en temporada de sidrerías): reducción del 40%.

Tasa de las empresas de los polígonos

En cuanto a la tasa de las empresas de los polígonos, la estructura tarifaria no ha variado. No obstante, las tarifas han sufrido un incremento del 28% en todos los conceptos.

Más información sobre la ordenanza fiscal de residuos: Ver ordenanzas fiscales en la web municipal

Ver apartado de residuos en la ordenanza fiscal aquí .